Admitido el recurso contra Enrique Ortiz por los sobrecostes en las obras del Teatre Calderón de Alcoy

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha admitido el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Alcoy contra el auto por los sobrecostes de las obras del Teatro Calderón, los cuales ascenderían a más de un millón de euros, según ha informado el consistorio en un comunicado.

El juzgado número 2 de Primera Instancia de Alcoy declaró el sobreseimiento de las diligencias previas de la denuncia presentada por el Ayuntamiento contra el empresario Enrique Ortiz por sobrecostes en las obras del Teatre Calderón.

Fue el consistorio quien presentó recurso contra dicho auto al considerar que existen suficientes pruebas con las periciales aportadas para abrir juicio oral, y que en todo caso es responsabilidad del propio juzgado el que se lleve a término la pericial judicial solicitada de oficio, situando en caso contrario al Consistorio «en una situación de indefensión«, según recoge el propio comunicado.

Las denuncia se basa en la «presunta comisión de un delito de estafa y falsedad documental» por parte de la constructora Ortiz e Hijos, S.A, adjudicataria de las obras de reforma del Teatro Calderón, y de la Dirección Facultativa, al detectarse hasta en dos periciales, una de ellas judicial, sobrecostes abonados por el Ayuntamiento que no estarían justificados y que ascendieron a más de un millón de euros.

Ahora, el Auto de la Audiencia Provincial de Alicante da la razón al Ayuntamiento, e insta al Juzgado de Instrucción de Alcoy a llevar a cabo una nueva pericial judicial admitiendo los argumentos del consistorio y considerando que la decisión adoptada por el juzgado le genera indefensión.

Asimismo, el Ayuntamiento ha advertido que la pericial, cuya práctica no pudo llevarse a término por renuncia sucesiva de los peritos designados por el juzgado, fue acordada como necesaria por el propio Juez instructor para avanzar en la instrucción, y que su imposibilidad de práctica, fue el motivo de archivo de la causa en fase de instrucción.

La Audiencia Provincial ha acordado, también, la obligatoriedad de que se lleve a efecto dicha prueba, siendo tarea del juez instructor el remover los obstáculos que puedan surgir.

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