El Supremo ratifica que Alcoinnova no vulnera las competencias municipales

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que en su momento presentó el Ayuntamiento de Alcoy contra la sentencia del TSJ que avalaba el proyecto Alcoinnova en La Canal y en la que también se ratificaba que en la Actuación Territorial Estratégica no se habían vulnerado competencias urbanísticas municipales por parte de la Generalitat Valenciana.

Esta nueva resolución judicial incide en que el mismo Gobierno Autonómico es el responsable de la planificación urbanística para facilitar este proyecto empresarial y destaca que la citada ordenación territorial tiene que estar subordinada a la satisfacción de las necesidades sociales y de interés público «con ausencia de cualquier tipo de arbitrariedad en la solución de la problemática urbanística planteada dentro de una realidad social determinada», menciona el texto.

El Supremo también demuestra que el proyecto de La Española en La Canal encaja perfectamente con la estructura de las ATE porque «propone una implantación industrial con elevado contenido tecnológico e innovador en un entorno comarcal caracterizado por su especialización en el sector industrial y la presencia de una elevada tasa de emprendedores, localizándose la actuación en uno de los ejes estratégicos de la Comunidad como es el corredor de la A-7, aprovechando todos sus componentes de excelencia territorial para generar unas tasas elevadas de renta y empleo», según reza el documento judicial.

En el mismo también se refleja que la postura adoptada por el Ayuntamiento ha sido contradictoria ya que en un primer momento mostró interés bajo en participar en el proyecto empresarial y después reivindicó que la sentencia no dio respuesta a algunos de sus argumentos.

Por último significar que una vez rechazado el recurso, el Consistorio alcoyano tendrá que pagar los costes tanto a La Española como a la Generalitat.

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