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La sentencia de Supremo contra el Estado de Alarma cuestiona la validez de más cien mil multas en la CV

Según ha podido recopilar el diario Las Provincias de fuentes de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, saltarse el confinamiento en vigor por el Estado de Alarma entre el 15 de marzo y el 20 de junio del año pasado supuso más de 100.000 denuncias y 922 detenciones en la región.

Unas propuestas de sanción por incumplir las restricciones, que -sin embargo- ahora son cuestionadas después de la sentencia del Tribunal Constitucional en la que se califica de ilegan el estado de alarma. Según la Delegación del Gobierno, «los expedientes sancionadores resueltos por Interior supusieron una cuantía de 14,1 millones de euros, de los que 8,3 millones son sanciones ya abonadas mediante el pago anticipado». En cuanto a las sanciones menos graves, las subdelegaciones del Gobierno de Valencia, Alicante y Castellón «resolvieron hasta mayo 12.095 expedientes» del primer estado de alarma «y seguían tramitando otras 8.238″.

De momento el Gobierno sigue sin aclarar cómo va a responder a los ciudadanos multados y si retornará el dinero en los casos de sanciones ya pagadas. El Ejecutivo defiende que sin esta herramienta del Estado de Alarma «no se hubiera llegado a tiempo de parar el virus y no hubiera sido posible mantener las medidas necesarias para detener su avance más allá de 60 días».

De momento, todo está por decidir. Los magistrados del Tribunal Supremo se centran ahora en la redacción de una sentencia con el encargo a la ponencia de intentar salvaguardar a la Administración de una avalancha de demandas por los daños económicos causados con las sanciones.

En el caso de las sanciones impuestas por la administración autonómica, hace pocas fechas la propia administración reconocía que la Generalitat sólo consigue cobrar una de cada cien multas por imprudencias del Covid.

El Supremo dicta el final del proyecto del Bulevar de Alcoy

El contratista Enrique Ortiz tendrá que devolver 1´ 5 millones de euros al Ayuntamiento de Alcoy, más intereses, después de que el Tribunal Supremo haya desestimado el recurso que este mismo presentó tras la sentencia del TSJ que avalaba la rescisión del contrato del Bulevar. El fallo del alto tribunal confirma que el contrato se rescindió por causas imputables a la empresa constructora debido a que esta última presentó un proyecto con numerosas deficiencias y que era complicado de  ejecutar.

El alcalde, Antonio Francés, valoraba positivamente en MEDIODÍA COPE ALCOY esta resolución y hablaba del futuro del proyecto del Bulevar «desde el Gobierno Local no renunciamos a esta infraestructura y queremos que sea un proyecto que se aleje totalmente de la idea que perseguía el PP y que consistía en plantear el Bulevar como un vial pensado para los vehículos y no para la ciudadanía. Ya estamos trabajando con los vecinos para consensuar un proyecto y de hecho el Presupuesto de este año ya reserva una partida para ello. Si el proceso avanza nos gustaría que las obras pudiesen comenzar el próximo año«, matizó el primer edil.

Con esta resolución se pone fin a un proyecto que fue aprobado antes de las elecciones municipales del 2011 con el único voto a favor del Gobierno Local del Partido Popular y contando con los informes negativos de los técnicos del Consistorio. Hay que recordar que tras aquellos comicios, el nuevo Ejecutivo Local, formado por PSOE, Esquerra Unida y Compromís; decidió rescindir el contrato con Ortiz para paralizar el Bulevar debido a que la actuación urbanística había sido muy contestada por la ciudadanía, presentaba numerosas deficiencias y además no era rentable para las arcas municipales en plena crisis económica. Ortiz la recurrió y en 2015 el Tribunal le dio la razón en primera instancia condenando al Ayuntamiento de Alcoy a pagar 4,2 millones de euros en concepto de compensaciones por los gastos que incluían también el aval que el propio Consistorio había incautado, el lucro cesante y los intereses. La citada sentencia, como ya informó COPE ALCOY en su momento, fue anulada por el TSJ el pasado año dando por tanto la razón al Ayuntamiento de Alcoy a pesar de que este ya había abonado más de un millón de euros más el aval de 500.000 euros. Tras esta resolución Ortiz presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que no ha sido aceptado, con lo cual  la sentencia ya es firme y Ortiz tendrá que hacer frente al pago de los 1´5 millones de euros abonados por el Consistorio.

El Supremo ratifica que Alcoinnova no vulnera las competencias municipales

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que en su momento presentó el Ayuntamiento de Alcoy contra la sentencia del TSJ que avalaba el proyecto Alcoinnova en La Canal y en la que también se ratificaba que en la Actuación Territorial Estratégica no se habían vulnerado competencias urbanísticas municipales por parte de la Generalitat Valenciana.

Esta nueva resolución judicial incide en que el mismo Gobierno Autonómico es el responsable de la planificación urbanística para facilitar este proyecto empresarial y destaca que la citada ordenación territorial tiene que estar subordinada a la satisfacción de las necesidades sociales y de interés público «con ausencia de cualquier tipo de arbitrariedad en la solución de la problemática urbanística planteada dentro de una realidad social determinada», menciona el texto.

El Supremo también demuestra que el proyecto de La Española en La Canal encaja perfectamente con la estructura de las ATE porque «propone una implantación industrial con elevado contenido tecnológico e innovador en un entorno comarcal caracterizado por su especialización en el sector industrial y la presencia de una elevada tasa de emprendedores, localizándose la actuación en uno de los ejes estratégicos de la Comunidad como es el corredor de la A-7, aprovechando todos sus componentes de excelencia territorial para generar unas tasas elevadas de renta y empleo», según reza el documento judicial.

En el mismo también se refleja que la postura adoptada por el Ayuntamiento ha sido contradictoria ya que en un primer momento mostró interés bajo en participar en el proyecto empresarial y después reivindicó que la sentencia no dio respuesta a algunos de sus argumentos.

Por último significar que una vez rechazado el recurso, el Consistorio alcoyano tendrá que pagar los costes tanto a La Española como a la Generalitat.